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Todos tenemos derechos,
adultos y niños. La gran diferencia es que los adultos podemos pelear por
ellos, exigir que se cumplan, en cambio los niños, necesitan de nosotros para
que sus derechos se respeten. El niño debe ser protegido y cuidado, no sólo por
su familia y su grupo primario, por el Estado, por los políticos, por la
ciudadanía entera. Los derechos de los niños son tan amplios como amplios son los aspectos de una vida,
tienen derecho a estudiar, a vivir en condiciones dignas, a que se cuide de su salud (física y mental), a ser alimentados y por sobre todo amados.
Cada uno de nosotros, seguramente desde su lugar, intenta que estos derechos
sean respetados, pero no siempre la realidad permite que eso se cumpla. Las
políticas de seguridad social, salud, educación muchas veces no contemplan estos derechos básicos. Es un deber
de todos conocer cuáles son los derechos que nuestros chicos tienen porque,
conociendo, es más fácil luchar por que todos gocen de ellos.
Los Derechos del Niño (o Derechos de la Infancia) son derechos
que poseen los niños, niñas y adolescentes, incluso antes de nacer. Los
derechos del niño aún no nacido, comenzaron a ser reconocidos en la Antigua
Roma, a través del concepto del nasciturus.
Todos y cada uno de los derechos de la infancia son
inalienables, irrenunciables, innatos e imprescindibles para una buena
infancia.
Antecedentes:
La idea de acoger los derechos del niño circuló en algunos
medios intelectuales durante el siglo XIX. Un ejemplo de ello fue la referencia
que hizo el escritor francés Jules Vallès en su obra El niño (1879), y más
claramente la reflexión sobre los derechos del niño que realizó Kate D. Wiggin
en Children’s Rights (1892).
En este ambiente receptivo, en las dos primeras décadas del
siglo XX circularon varias declaraciones de los derechos del niño, a veces en
forma literaria o bien como resoluciones de organizaciones científicas y
pedagógicas.
La primera declaración de derechos del niño, de carácter
sistemática, fue la Declaración de Ginebra de 1924, redactada por Eglantyne
Jebb fundadora de la organización internacional Save the Children, que fue
aprobada por la Sociedad de Naciones el 26 de diciembre de 1924.
Las Naciones Unidas aprobaron en 1948 la Declaración Universal
de los Derechos Humanos que, implícitamente, incluía los derechos del niño, sin
embargo, posteriormente se llegó al convencimiento que las particulares
necesidades de los niños debían estar especialmente enunciadas y protegidas.
Por ello, la Asamblea General de la ONU, aprueba en 1959 una
Declaración de los Derechos del Niño, que constaba de 10 principios,
concretando para los niños los derechos contemplados en la Declaración
Universal de Derechos Humanos. Seis años antes había decidido que el Fondo
Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para los niños (UNICEF)
continuara sus labores como organismo especializado y permanente para la
protección de la infancia (denominándolo oficialmente Fondo de las Naciones
Unidas para la Infancia).
A partir de 1979, con ocasión del Año Internacional del Niño, se
comenzó a discutir una nueva declaración de derechos del niño, fundada en
nuevos principios. A consecuencias de este debate, en 1989 se firmó en la ONU
la Convención sobre los Derechos del Niño.
Derechos del niño y legislación interna:
A partir de la promulgación de la Convención de 1989 se ha ido
adecuando la legislación interna a los principios contemplados en la
Declaración. Aunque la legislación y el sistema jurídico de cada país suele ser
diferente, casi la totalidad de los países han ido consagrando medidas
especiales para su protección, a nivel legislativo e incluso derechos
constitucionales.
Entre los Derechos del niño tenemos:
1) Los niños tienen derecho al juego.
2) Los niños tienen derecho a la libertad de asociación y a
compartir sus puntos de vista con otros.
3) Los niños tienen derecho a dar a conocer sus opiniones.
4) Todos los niños tienen derecho a una familia.
5) Los niños tienen derecho a la protección durante los
conflictos armados.
6) Todos los niños tienen derecho a la libertad de conciencia.
7) Los niños tienen derecho a la protección contra el descuido o
trato negligente.
9) Los niños tienen derecho a la información adecuada.
10) Los niños tienen Derecho A La Libertad De Expresión.
11) Los niños tienen Derecho A La Protección Contra La Trata Y
El Secuestro.
12) Los niños tienen derecho a conocer y disfrutar de nuestra
cultura.
13) Los niños tienen derecho a la protección contra las minas
terrestres.
14) Los niños tienen derecho a la protección contra todas las
formas de explotación y abuso sexual.
15) Los niños tienen derecho a la intimidad
16) Los niños tienen derecho a crecer en una familia que les dé
afecto y amor.
17) Todos los niños tienen derecho a un nombre y una
nacionalidad.
18) Todos los niños tienen derecho a la alimentación y la
nutrición.
19) Todos los niños tienen derecho a vivir en armonía.
Declaración de los Derechos del Niño:
La Declaración de los Derechos del Niño fue bosquejada por
Eglantyne Jebb y adoptado por la International Save the Children Union,
Ginebra, el 23 de febrero en 1923 y respaldado por la Asamblea General de la
Sociedad de Naciones el 26 de noviembre de 1924:
A través de esta declaración, conocida comúnmente como
Declaración de Ginebra, hombres y mujeres de todas las naciones, reconociendo
que los niños son lo mejor que la humanidad tiene, declara y acepta como su
deber, más allá de toda consideración de raza, nacionalidad o credo, que:
1. Al niño se le
debe dar los medios necesarios para su desarrollo normal, material y
espiritual.
2. El niño
hambriento debe ser alimentado, el niño enfermo debe ser curado, el niño
maltratado debe ser protegido, el niño explotado debe ser socorrido, el niño
huérfano y abandonado debe ser acogido.
3. El niño debe
ser el primero en recibir auxilio en caso de un desastre.
4. El niño debe
tener sustento, y ser protegido contra todo tipo de explotación.
5. El niño debe
ser llevado a concientizarse de ser devoto al servicio del hombre.
El documento original, en los archivos de la ciudad de Ginebra,
lleva la firma de varios delegados internacionales, entre ellos Eglantyne Jebb,
Janusz Korczak, y Gustave Ador, ex presidente de la Confederación Suiza.
La Organización de las Naciones Unidas adoptó una versión
ligeramente enmendada en 1946 y el 20 de noviembre de 1989 la Asamblea General
de las Naciones Unidas adoptó una versión expandida como su propia Declaración
de los Derechos del Niño.