Mostrando entradas con la etiqueta explotación. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta explotación. Mostrar todas las entradas

02 diciembre 2016

2 de Diciembre Día Internacional para la Abolición de la Esclavitud



El día se centra en la erradicación de las formas contemporáneas de esclavitud, como la trata de personas, la explotación sexual, las peores formas de trabajo infantil, el matrimonio forzado y el reclutamiento forzoso de niños para utilizarlos en conflictos armados.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) calcula que 21 millones de personas en el mundo son víctimas de trabajo forzoso en la actualidad, lo que genera unos 150.000 millones de dólares anuales de ganancias ilícitas en el sector privado. La OIT ha adoptado un nuevo Protocolo jurídicamente vinculante, con el fin de fortalecer los esfuerzos a nivel mundial para eliminar el trabajo forzoso, que se prevé entrará en vigor en noviembre de 2016.

La esclavitud ha evolucionado y se ha manifestado en formas diferentes a lo largo de la historia. En la actualidad, algunas antiguas manifestaciones de tipo tradicional de la esclavitud todavía persisten en su forma anterior, mientras que otras han adquirido formas nuevas.

Los informes preparados por los órganos de las Naciones Unidas y las ONG de muestra la persistencia de las viejas formas de esclavitud que subsisten al amparo de creencias y costumbres tradicionales. Esas formas de esclavitud son el resultado de una discriminación arraigada contra los grupos más vulnerables de la sociedad, como las personas consideradas de casta inferior, las minorías tribales y los pueblos indígenas.

Junto con formas tradicionales de trabajo forzoso, como el trabajo en condiciones de servidumbre y la servidumbre por deudas, existen en la actualidad formas más contemporáneas de trabajo forzoso como el de los trabajadores migrantes que son víctimas de la trata a fin de ser sometidos a todo tipo de explotación económica en el plano mundial, a saber, el trabajo doméstico desarrollado en condiciones de servidumbre y el trabajo en la industria de la construcción, en la industria alimentaria y del vestido, en el sector agrícola y en la prostitución forzosa.

Según datos proporcionados por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), en todo el mundo un niño de cada seis trabaja. La mayoría del trabajo infantil que existe en la actualidad entraña una explotación económica. El artículo 32 de la Convención sobre los Derechos del Niño reconoce «el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social».

En el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, se define la «trata de personas» como la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluye, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda forma de explotación intencional es irrelevante y si la víctima de la trata es un niño, es un crimen aún sin el uso de la fuerza.



19 noviembre 2016

19 de noviembre Día mundial para la prevención del abuso contra los niños y las niñas.


Los abusos y la explotación a los niños, niñas y adolescentes son un problema alarmante que no distingue país, raza, cultura o condición social, por tal motivo se ha hecho cada vez más indispensable pronunciarse frente a este tema y tomar las medidas que sean necesarias a nivel familiar, local, nacional o internacional.

Amparados en los artículos 19 y 34 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, se hace necesario que los gobiernos y las organizaciones de la sociedad civil jueguen un papel importante en la protección contra toda forma de abuso infantil. De allí que desde el año 2000 se haya designado el 19 de Noviembre como el Día Mundial para la Prevención del Abuso contra los Niños, un día en el que se pusiera en evidencia el problema de los abusos a la infancia, se instaran acciones urgentes, pertinentes y eficaces por parte de los Estados y paralelamente se conmemorara este día en sinergia con el Día de los Derechos del Niño que se celebra el 20 de noviembre.

Tal y como la definición indica, el Maltrato Infantil puede ejercerse tanto por acción o por omisión. En función de estos parámetros se definen cuatro modalidades básicas de maltrato:

Maltrato físico: nos referimos a cualquier acto no accidental que provoque lesiones físicas al niño, enfermedades o riesgo de padecerlas.
Negligencia: no atender las necesidades del niño, así como incumplimiento de los deberes de guarda, cuidado y protección, por ejemplo: no atender su estado de salud, higiene o alimentación.
Maltrato emocional: todas aquellas acciones, generalmente de tipo verbal o actitudinal que provoquen o puedan provocar en el niño daños psicológicos, por ejemplo: rechazar, ignorar, aterrorizar, no atender sus necesidades afectivas y de cariño, necesidades de socialización, desarrollo de la autoestima positiva, estimulación.
Abuso Sexual: que incluye tanto conductas de carácter físico, como puede ser la violación, el incesto o la prostitución de niños, niñas y adolescentes, como otras conductas sin contacto físico, como puede ser la pornografía infantil o el exhibicionismo ante niños.

También cabe hacer referencia a las modalidades de maltrato en función de los autores, de manera que podemos hablar de Maltrato Familiar: cuando es ejercido por un miembro de la misma familia, Extrafamiliar: ejercido por alguien ajeno a la familia, Institucional: cuando las instituciones no garantizan una atención adecuada al niño y Social: cuando se dan cita un conjunto de factores de carácter social / contextual que impiden garantizar la protección y atención al niño.


En cualquier caso el maltrato influye directamente y de forma negativa en el desarrollo correcto y pleno de los niños y provoca consecuencias a medio y largo plazo.

📥 Descarga Tu Calendario Aquí 👇