Todos tenemos derechos, adultos y niños. La gran diferencia es
que los adultos podemos pelear por ellos, exigir que se cumplan, en cambio los
niños, necesitan de nosotros para que sus derechos se respeten. El niño debe
ser protegido y cuidado, no sólo por su familia y su grupo primario, por
el Estado, por los políticos, por la ciudadanía entera. Los derechos de los
niños son tan
amplios como amplios son los aspectos de una vida, tienen derecho a estudiar, a
vivir en condiciones dignas, a que se cuide de su salud (física y mental), a ser alimentados y por sobre todo amados. Cada
uno de nosotros, seguramente desde su lugar, intenta que estos derechos sean
respetados, pero no siempre la realidad permite que eso se cumpla. Las
políticas de seguridad social, salud, educación muchas veces no contemplan estos derechos básicos. Es un deber
de todos conocer cuáles son los derechos que nuestros chicos tienen porque,
conociendo, es más fácil luchar por que todos gocen de ellos.
Los Derechos
del Niño (o Derechos de la Infancia) son derechos que poseen los niños, niñas y
adolescentes, incluso antes de nacer. Los derechos del niño aún no nacido,
comenzaron a ser reconocidos en la Antigua Roma, a través del concepto del
nasciturus.
Todos y cada uno de los
derechos de la infancia son inalienables, irrenunciables, innatos e
imprescindibles para una buena infancia.
Antecedentes:
La idea de acoger los
derechos del niño circuló en algunos medios intelectuales durante el siglo XIX.
Un ejemplo de ello fue la referencia que hizo el escritor francés Jules Vallès
en su obra El niño (1879), y más claramente la reflexión sobre los derechos del
niño que realizó Kate D. Wiggin en Children’s Rights (1892).
En este ambiente
receptivo, en las dos primeras décadas del siglo XX circularon varias
declaraciones de los derechos del niño, a veces en forma literaria o bien como
resoluciones de organizaciones científicas y pedagógicas.
La primera declaración
de derechos del niño, de carácter sistemática, fue la Declaración de Ginebra de
1924, redactada por Eglantyne Jebb fundadora de la organización internacional
Save the Children, que fue aprobada por la Sociedad de Naciones el 26 de
diciembre de 1924.
Las Naciones Unidas
aprobaron en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos que,
implícitamente, incluía los derechos del niño, sin embargo, posteriormente se
llegó al convencimiento que las particulares necesidades de los niños debían
estar especialmente enunciadas y protegidas.
Por ello, la Asamblea
General de la ONU, aprueba en 1959 una Declaración de los Derechos del Niño,
que constaba de 10 principios, concretando para los niños los derechos
contemplados en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Seis años antes
había decidido que el Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas
para los niños (UNICEF) continuara sus labores como organismo especializado y
permanente para la protección de la infancia (denominándolo oficialmente Fondo
de las Naciones Unidas para la Infancia).
A partir de 1979, con
ocasión del Año Internacional del Niño, se comenzó a discutir una nueva
declaración de derechos del niño, fundada en nuevos principios. A consecuencias
de este debate, en 1989 se firmó en la ONU la Convención sobre los Derechos del
Niño.
Derechos del niño y
legislación interna:
A partir de la
promulgación de la Convención de 1989 se ha ido adecuando la legislación
interna a los principios contemplados en la Declaración. Aunque la legislación
y el sistema jurídico de cada país suele ser diferente, casi la totalidad de
los países han ido consagrando medidas especiales para su protección, a nivel
legislativo e incluso derechos constitucionales.
Entre los Derechos del
niño tenemos:
1) Los niños tienen
derecho al juego.
2) Los niños tienen
derecho a la libertad de asociación y a compartir sus puntos de vista con
otros.
3) Los niños tienen
derecho a dar a conocer sus opiniones.
4) Todos los niños
tienen derecho a una familia.
5) Los niños tienen
derecho a la protección durante los conflictos armados.
6) Todos los niños
tienen derecho a la libertad de conciencia.
7) Los niños tienen
derecho a la protección contra el descuido o trato negligente.
9) Los niños tienen
derecho a la información adecuada.
10) Los niños tienen
Derecho A La Libertad De Expresión.
11) Los niños tienen
Derecho A La Protección Contra La Trata Y El Secuestro.
12) Los niños tienen
derecho a conocer y disfrutar de nuestra cultura.
13) Los niños tienen
derecho a la protección contra las minas terrestres.
14) Los niños tienen
derecho a la protección contra todas las formas de explotación y abuso sexual.
15) Los niños tienen
derecho a la intimidad
16) Los niños tienen
derecho a crecer en una familia que les dé afecto y amor.
17) Todos los niños
tienen derecho a un nombre y una nacionalidad.
18) Todos los niños
tienen derecho a la alimentación y la nutrición.
19) Todos los niños
tienen derecho a vivir en armonía.
Declaración de los
Derechos del Niño:
La Declaración de los
Derechos del Niño fue bosquejada por Eglantyne Jebb y adoptado por la
International Save the Children Union, Ginebra, el 23 de febrero en 1923 y
respaldado por la Asamblea General de la Sociedad de Naciones el 26 de
noviembre de 1924:
A través de esta
declaración, conocida comúnmente como Declaración de Ginebra, hombres y mujeres
de todas las naciones, reconociendo que los niños son lo mejor que la humanidad
tiene, declara y acepta como su deber, más allá de toda consideración de raza,
nacionalidad o credo, que:
1. Al niño se le debe dar los medios
necesarios para su desarrollo normal, material y espiritual.
2. El niño hambriento debe ser
alimentado, el niño enfermo debe ser curado, el niño maltratado debe ser protegido,
el niño explotado debe ser socorrido, el niño huérfano y abandonado debe ser
acogido.
3. El niño debe ser el primero en recibir
auxilio en caso de un desastre.
4. El niño debe tener sustento, y ser
protegido contra todo tipo de explotación.
5. El niño debe ser llevado a
concientizarse de ser devoto al servicio del hombre.
El documento original,
en los archivos de la ciudad de Ginebra, lleva la firma de varios delegados
internacionales, entre ellos Eglantyne Jebb, Janusz Korczak, y Gustave Ador, ex
presidente de la Confederación Suiza.
La Organización de las
Naciones Unidas adoptó una versión ligeramente enmendada en 1946 y el 20 de
noviembre de 1989 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una versión
expandida como su propia Declaración de los Derechos del Niño.